El charnego habló ...
Pues nada, por si no le ha quedado claro, la Constitución dice, en su artículo 8.1, que: "Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". Y podríamos seguir con el 155 y demás, pero creemos que con el octavo sobra.
O no.
Por eso, y sin abandonar la Constitución, no está de más recordar un artículo, el cual, viendo como están las cosas (asalto catalán al conjunto de España y asalto marroquí a las plazas españolas) quizá haya que acabar usando. Ese artículo es el 102.2, y dice: "Si la acusación fuere por traición o por cualquier otro delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada a iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo". ¡Ah! se refiere a la responsabilidad criminal del Presidente ...
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